Tráfico y Vehículos:
Baja Temporal

Tráfico y Vehículos:
Baja Temporal

La baja temporal de un vehículo es el trámite por el que el titular comunica al registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico la retirada de la circulación de forma temporal del vehículo.

La baja definitiva de un vehículo se realiza únicamente por un Centro Autorizado de Tratamiento (desguaces coches autorizado). Son diversos los motivos por los que retirar temporalmente de la circulación un vehículo: Falta de uso, robo, avería o entrega a un compraventa.

Durante el periodo de baja temporal, el vehículo esta exento del pago del impuesto sobre vehículos del tracción mecánica (impuesto de circulación). Los documentos a aportar para realizar una baja temporal varían en función de si el titular es un particular o una empresa.

Los vehículos dados de baja a partir del 14 de Abril de 2022, deben renovar la situación de baja temporal antes de cumplir el año, con una antelación de dos meses.

Los documentos a aportar para realizar una baja temporal varían en función de si el titular es un particular o una empresa.

PARTICULARES



Para realizar la baja temporal del vehículo, necesitamos que nos aporte la siguiente documentación:


  • Permiso de circulación del vehículo..
  • Ficha de características Técnicas del vehículo..
  • DNI o asimilado.
  • Encomienda de Gestión.

EMPRESAS



Para realizar la baja temporal del vehículo, necesitamos que nos aporte la siguiente documentación:


La baja temporal de un vehículo es el trámite por el que el titular comunica al registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico la retirada de la circulación de forma temporal del vehículo.

La baja definitiva de un vehículo se realiza únicamente por un Centro Autorizado de Tratamiento (desguaces coches autorizado).

Son diversos los motivos por los que retirar temporalmente de la circulación un vehículo: Falta de uso, robo, avería o entrega a un compraventa.

Durante el periodo de baja temporal, el vehículo esta exento del pago del impuesto sobre vehículos del tracción mecánica (impuesto de circulación).

Los vehículos dados de baja a partir del 14 de Abril de 2022, deben renovar la situación de baja temporal antes de cumplir el año, con una antelación de dos meses.

Los documentos a aportar para realizar una baja temporal varían en función de si el titular es un particular o una empresa.

PARTICULARES



Para realizar la baja temporal del vehículo, necesitamos que nos aporte la siguiente documentación:


  • Permiso de circulación del vehículo..
  • Ficha de características Técnicas del vehículo..
  • DNI o asimilado.
  • Encomienda de Gestión.

EMPRESAS



Para realizar la baja temporal del vehículo, necesitamos que nos aporte la siguiente documentación:


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