Renta y Patrimonio 2024

Renta y Patrimonio 2024

Hacer la Declaración de la Renta suele ser un proceso largo y complicado, sobre todo cuando hay que aplicar todas las deducciones a las que el contribuyente tiene derecho, ya que ademas de las deducciones estatales, existen deducciones específicas en cada autonomía.
Es necesario conocer la normativa tributaria del IRPF de cada año, sin olvidarse de los anteriores para detectar posibles errores en la declaraciones ya presentadas.

Es muy importante saber que están obligadas a declarar todas las personas que han cobrado el ingreso mínimo vital junto con todas las personas integrantes de la unidad de convivencia.

Igualmente están obligados a presentar la declaración todos los autónomos, independientemente de sus ingresos. Como novedad, los beneficiarios de la prestación por desempleo también tienen obligación de presentar la declaración.

ALGUNOS DETALLES A DESTACAR


 


  • Las compras de coches eléctricos (HIBRIDOS ENCHUFABLES) realizadas después del 30 de junio de 2023 tienen una deducción del 15% del valor de la compra, siempre que la base no exceda de 20.000€. También es deducible en un 15% la instalación de un punto de carga para estos vehículos en el domicilio.
  • Se amplía la deducción por maternidad: las madres con hijos menores de tres años pueden deducirse 1.200 euros por cada hijo menor de esa edad, tanto si están trabajando como si están cobrando el paro.
  • Se consideran ganancias patrimoniales el Bono Cultural Joven, las ayudas públicas al alquiler como el Bono Alquiler Joven y las ayudas para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio.
  • El ingreso obtenido por el propietario de un bien inmueble, a cambio de ofrecer el derecho de opción de compra sobre este, también constituye una ganancia patrimonial, ya que genera una ganancia que es independiente de la que, en su caso, se puede producir posteriormente en el momento de la venta.
  • Continúa la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. 
  • Los planes de pensiones de empresa desgravan hasta 8.500 euros y en los planes de pensiones individuales, el contribuyente puede aportar y desgravarse hasta un máximo de 1.500 euros, o el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, eligiendo el importe menor de ambas.
  • Los Autónomos con trabajadores a cargo podran deducir hasta un 10% de las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial
  • Es el ultimo año que se permite la aplicación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas y/o accesibilidad. Esta deducción permite deducir hasta un 60% del coste, según los casos.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DECLARACIÓN DE LA RENTA 2024


 


  • Del 2 de Abril al 30 de Junio de 2025 con carácter general.
  • Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo finaliza el 25 de Junio de 2025
OBLIGACION DE DECLARAR RENTA 2024


 


Con carácter general y cuando procedan de un único pagador, el límite se establece en 22.000 € brutos anuales.
Este límite también se aplicará si se han percibido ingresos de varios pagadores y la suma de los ingresos del segundo y los siguientes pagadores no supera los 1.500 euros anuales.

Cuando los ingresos procedan de más de un pagador, con carácter general el límite se establece en 15.875€ brutos anuales cuando los ingresos a partir del segundo pagador superen los 1.500 anuales.

Si ha recibido cantidades del SEPE, este se considerará un pagador más de rendimientos del trabajo (prestaciones derivadas de ERTEs, prestaciones por desempleo, ...). Si sólo se han percibido cantidades como beneficiario de una prestación por desempleo, debe presentar la declaración.

El titular del Ingreso Mínimo Vital, así como todas las personas integrantes de la unidad de convivencia (menores o no), deberán presentar la declaración, aunque el IMV estuviese exento en su totalidad y los perceptores no hayan obtenido ninguna otra renta, ya que dicha presentación constituye un requisito formal necesario para su cobro.

En el caso de los hijos menores de edad, no será suficiente con aparecer en la declaración individual del progenitor como descendiente. Deberán presentar declaración de forma individual o conjunta con la unidad familiar.

El complemento de ayuda para la infancia tiene la naturaleza de ingreso mínimo vital.

Los autónomos, independientemente de sus ingresos, deben presentar la declaración.

EXENCIONES RENTA 2024


 


  • Prestaciones de la Seguridad Social.
  • Acogimiento.
  • Desempleo.
  • Prestaciones por discapacidad.
  • Cuidados Entorno familiar.
  • Otras ayudas y prestaciones.
DESGRAVACIONES RENTA 2024


 


  • Hipotecas firmadas antes del 2013
  • Indemnizaciones por Despido o cese del trabajdor.
  • Anualidades por alimentos de hijos.
  • Planes de Ahorro a largo plazo.
  • Planes individuales de Ahorro sistemático.
  • Rendimientos por trabajo en el extranjero.
  • Prestaciones por maternidad - paternidad.
  • Prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

EL BORRADOR


 


El borrador es una propuesta de declaración con los datos fiscales que Hacienda ha recopilado sobre el contribuyente. Es importante tener en cuenta que el borrador de la declaración de la renta no es obligatorio y que el contribuyente siempre tiene la opción de presentar una declaración alternativa completa si lo desea.

Cada año nos encontramos con muchos borradores enviados por Hacienda que contienen errores y en los que no se aplican todas las deducciones, de ahí que se haga imprescindible una comprobación del mismo.

Los datos con los que la Agencia Tributaria elabora el borrador de la declaración se basan en la información que han aportado terceros (empresas, administración y entidades financieras) y que no tienen por qué ser ni exactos ni completos, por eso debe ser utilizado únicamente como herramienta de consulta.

Además, la Agencia Tributaria no se responsabiliza de los errores que se incluyan en los borradores y trasladan la responsabilidad al contribuyente. De hecho, Hacienda puede sancionar si se confirman datos que no son correctos.

Entre los datos en los que detectamos más errores estan:

  • Situacion personal: (Matrimonio, separacion, nacimiento de hijos...)
  • Deducciones por Vivienda.
  • Referencias Catastrales.
  • Deducciones: (Autonómicas, maternidad....)
  • Cobro de Ayudas y Subvenciones.

 

Hacer la Declaración de la Renta suele ser un proceso largo y complicado, sobre todo cuando hay que aplicar todas las deducciones a las que el contribuyente tiene derecho, ya que ademas de las deducciones estatales, existen deducciones específicas en cada autonomía.
Es necesario conocer la normativa tributaria del IRPF de cada año, sin olvidarse de los anteriores para detectar posibles errores en la declaraciones ya presentadas.

Es muy importante saber que están obligadas a declarar todas las personas que han cobrado el ingreso mínimo vital y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia.

ALGUNOS APUNTES IMPORTANTES


 


    • Se consideran ganancias patrimoniales el Bono Cultural Joven, las ayudas públicas al alquiler como el Bono Alquiler Joven y la ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio.
    • El ingreso obtenido por el propietario de un bien inmueble, a cambio de ofrecer el derecho de opción de compra sobre este, también constituye una ganancia patrimonial, ya que genera una ganancia que es independiente de la que, en su caso, se puede producir posteriormente en el momento de la venta.
    • Se ha restablecido la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. 
    • Se ha reducido de 2.000 a 1.500 euros la cantidad que el contribuyente puede deducir de planes de pensiones privados. En el caso de planes de pensiones de empresa se ha ampliado hasta los 8.500 euros, la reducción que se aplica en caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones de empresa, sea el propio trabajador o la empresa quienes realicen la aportación.
    • Es el último año que se permite la aplicación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
    •  

EL BORRADOR


 


El borrador es una propuesta de declaración con los datos fiscales que Hacienda ha recopilado sobre el contribuyente. Es importante tener en cuenta que el borrador de la declaración de la renta no es obligatorio y que el contribuyente siempre tiene la opción de presentar una declaración alternativa completa si lo desea.

Cada año nos encontramos con muchos borradores enviados por Hacienda que contienen errores y en los que no se aplican todas las deducciones, de ahí que se haga imprescindible una comprobación del mismo.

Los datos con los que la Agencia Tributaria elabora el borrador de la declaración se basan en la información que han aportado terceros (empresas, administración y entidades financieras) y que no tienen por qué ser ni exactos ni completos, por eso debe ser utilizado únicamente como herramienta de consulta.

Además, la Agencia Tributaria no se responsabiliza de los errores que se incluyan en los borradores y trasladan la responsabilidad al contribuyente. De hecho, Hacienda puede sancionar si se confirman datos que no son correctos.

Entre los datos en los que detectamos más errores estan:

  • Situacion personal: (Matrimonio, separacion, nacimiento de hijos...)
  • Deducciones por Vivienda.
  • Referencias Catastrales.
  • Deducciones: (Autonómicas, maternidad....)
  • Cobro de Ayudas y Subvenciones.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DECLARACIÓN DE LA RENTA 2024


 


  • Del 2 de Abril al 30 de Junio de 2025 con carácter general.
  • Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo finaliza el 25 de Junio de 2025
OBLIGACION DE DECLARAR RENTA 2024


 


Con carácter general y cuando procedan de un único pagador, el límite se establece en 22.000 € brutos anuales.
Este límite también se aplicará si se han percibido ingresos de varios pagadores y la suma de los ingresos del segundo y los siguientes pagadores no supera los 1.500 euros anuales.

Cuando los ingresos procedan de más de un pagador, con carácter general el límite se establece en 15.875€ brutos anuales cuando los ingresos a partir del segundo pagador superen los 1.500 anuales.

El titular del Ingreso Mínimo Vital, así como todas las personas integrantes de la unidad de convivencia (menores o no), deberán presentar la declaración, aunque el IMV estuviese exento en su totalidad y los perceptores no hayan obtenido ninguna otra renta, ya que dicha presentación constituye un requisito formal necesario para su cobro.

En el caso de los hijos menores de edad, no será suficiente con aparecer en la declaración individual del progenitor como descendiente. Deberán presentar declaración de forma individual o conjunta con la unidad familiar.

Los autónomos, independientemente de sus ingresos, deben presentar la declaración.

EXENCIONES RENTA 2024


 


  • Hipotecas firmadas antes del 2013
  • Prestaciones de la Seguridad Social.
  • Acogimiento.
  • Desempleo.
  • Prestaciones por discapacidad.
  • Cuidados Entorno familiar.
  • Indemnizaciones por Despido o cese del trabajdor.
  • Anualidades por alimentos de hijos.
  • Planes de Ahorro a largo plazo.
  • Planes individuales de Ahorro sistemático.
  • Rendimientos por trabajo en el extranjero.
  • Prestaciones por maternidad - paternidad.
  • Prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  • Otras ayudas y prestaciones.
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