Mascarillas
Uso Obligatorio

Mascarillas
Uso Obligatorio

Actualizacion: Con fecha 11 de Junio entra en vigor el RD 21/2020 que modifica la actual normativa del uso de mascarillas.

Desde este momento, sera obligatorio el uso de mascarillas ntra en vigor el RD 21/2020 que modifica la actual normativa del uso de mascarillas.

Desde este momento, sera obligatorio el uso obligatorio de mascarillas con carácter general, en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos metro y medio,

No se ha determinado hasta cuando será obligatorio el uso de las mismas.

El gobierno ha publicado la Orden SND/422/2020 de 20 de mayo, por la que se establecen el uso obligatorio de mascarillas a partir del dia 21 de mayo, con carácter general, en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.

Se podrá usar cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca.

El uso en niños de entre tres y cinco años es recomendable.

Excepciones:

  • Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
  • Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla (comer o beber).
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
El uso será obligatorio hasta que finalice el estado de alarma o se publique nueva normativa.
Para más información sobre las mascarillas, puede consultar la siguiente página

Actualizacion: Con fecha 11 de Junio entra en vigor el RD 21/2020 que modifica la actual normativa del uso de mascarillas.

Desde este momento, sera obligatorio el uso de mascarillas ntra en vigor el RD 21/2020 que modifica la actual normativa del uso de mascarillas.

Desde este momento, sera obligatorio el uso obligatorio de mascarillas con carácter general, en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos metro y medio,

No se ha determinado hasta cuando será obligatorio el uso de las mismas.

El gobierno ha publicado la Orden SND/422/2020 de 20 de mayo, por la que se establecen el uso obligatorio de mascarillas a partir del dia 21 de mayo, con carácter general, en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.

Se podrá usar cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca.

El uso en niños de entre tres y cinco años es recomendable.

Excepciones:

  • Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
  • Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla (comer o beber).
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
El uso será obligatorio hasta que finalice el estado de alarma o se publique nueva normativa.
Para más información sobre las mascarillas, puede consultar la siguiente página